FORMACION ETICA Y CIUDADANA - SEGUNDO AÑO "TRABAJO PRACTICO Nº6"

 Unidad Pedagógica Parte II

2do cuatrimestre - Trabajo Practico N° 6

ESPACIO/S CURRICULAR/ES: F. E. Y CIUDADANA

CURSOS: 2dos Año "1ra,2da,3ra,4ta,5ta y 6ta"

DOCENTES A CARGO: Podestá Nora, Rodríguez Patricia.

FECHA DE PUBLICACIÓN:  MARTES 31 DE AGOSTO

FECHA DE PRESENTACIÓN POR PARTE DE LOS ESTUDIANTES: JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE hasta las 12:00hs. Los TP presentados después de esta fecha estarán FUERA DE TÉRMINO

INICIO

CONTENIDOS PRIORITARIOS A EVALUAR: 

Relación entre la democracia,  el gobierno,  la Constitución y el Estado de Derecho. concepto y tipos de formas de gobierno. La forma de Gobierno Argentina. El Estado de Derecho: concepto y características. Importancia. La Constitución Nacional. Concepto y estructura. Parte Dogmática.

CAPACIDADES A DESARROLLAR: pensamiento crítico y resolución de problemas.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

  • Expresión coherente de ideas y pensamientos en forma escrita. 

  • Interpretación y análisis de consignas y situaciones problemáticas.

  • Construcción de argumentos fundados en los contenidos desarrollados hasta el momento.

  • Presentación de alternativas para resolver situaciones problemáticas.

  • Presentación en tiempo y forma 

PALABRAS DE BIENVENIDA:

Estudiantes del Colegio Secundario Cautivas Correntinas, le presentamos este 5to trabajo perteneciente al 2do cuatrimestre 2021. Recuerden realizarlo y enviarlo en tiempo y forma.

DESARROLLO

En el trabajo práctico anterior comenzamos a ver que es la Democracia, cuáles son sus principios, importancia y los diferentes tipos que existen. También analizamos porque es una forma de vida y de gobierno. En este nuevo trabajo nos concentraremos en la relación que existe entre la democracia, la forma de gobierno,  el Estado de Derecho en nuestro país y con la Constitución Nacional como Ley suprema del Estado y garante de los derechos de las personas.

Parte práctica: 

Consignas: (debes copiarlas y resolverlas de manera prolija en la carpeta)

Ø  Lee los textos y realiza el vocabulario con las palabras que no conoces o no entiendes.

Ø  ¿Qué es el gobierno? ¿Cuáles son sus funciones? ¿Cómo se clasifican las formas de gobierno?

Ø  ¿Qué relación hay entre la Democracia y la forma de gobierno?

Ø  Completa el siguiente acróstico, guiándote por las pistas que se encuentran debajo:


a)           _ _ _ _ G_ _

b)                      _O_ _ _ _ _ _ _               

c)             _ _ _ _B_ _ _ _

d)   _ _ _ _ _ _ _ I_ _ _                    

e)                      _E_ _ _ _ _ _ _ _

f)          _ _ _ _ _R_ _ _ _

g)                     _N_ _ _ _ _ _

h)               _ _ _O_ _ _ _ _ _


a-los primeros en estudiar y clasificar las formas de gobierno

b- forma de gobierno pura

c- forma de gobierno de nuestro país

d- gobierno en el que el monarca concentra todo el poder

e- gobierno del pueblo

f- gobierno cuya autoridad recae sobre una sola persona sin ningún límite de autoridad.

g- ausencia de gobierno o de dirigentes.

h-forma de gobierno impura

Ø  Actualmente  ¿cuál es nuestra forma de Gobierno?  Explica. ¿En que artículo de la Constitución Nacional está establecido?

Ø  ¿A qué se llama Estado de Derecho? ¿Cuáles son sus características? ¿Por qué es importante su aplicación y protección?

Ø   La Constitución es una forma de garantizar que el Estado de derecho se cumpla.  Explica ¿qué es una Constitución? ¿Porque es la Ley Suprema?

Ø  Explica Brevemente cómo está organizada nuestra Constitución

Ø  Con tus palabras comenta cuales son los principios que dan base a nuestro país y que se encuentran en el Preámbulo.

Ø  Lee las definiciones de Derechos y Garantías. Luego con ayuda de la Constitución Nacional. Completa el siguiente cuadro, indicando si se trata de un derecho o de una garantía, el artículo en que se encuentra , que establece y un ejemplo.

 

Es un/ una

Tipo de Derecho

( si corresponde)

Artículo  

Establece que

Ejemplo

Votar

 

 

 

 

 

Igualdad

 

 

 

 

 

Ambiente sano

 

 

 

 

 

Trabajar

 

 

 

 

 

Propiedad

 

 

 

 

 

Habeas Corpus

 

 

 

 

 

Habeas data

 

 

 

 

 

A un abogado

 

 

 

 

 

Acción de amparo

 

 

 

 

 

Privacidad

 

 

 

 

 

Vida

 

 

 

 

 

Dignidad

 

 

 

 

 

Del consumidor

 

 

 

 

 

Paz

 

 

 

 

 

Enseñar y aprender

 

 

 

 

 

 

Ø  Con tus palabras explica la relación que existe entre la Democracia, la forma de gobierno, la Constitución Nacional y el Estado de derecho.


Parte teórica: (textos)

Con el paso del tiempo, ha quedado demostrado, con base en la práctica y la experiencia, que el mejor de los gobiernos es el democrático, forma de gobierno que Aristóteles recomendaba y que los atenienses practicaban, donde la autoridad deriva del pueblo o de la mayoría del pueblo.

Como ya vimos en el trabajo anterior, la palabra Democracia es de origen griego y significa literalmente, poder o autoridad del pueblo, un gobierno es democrático cuando en las decisiones de importancia que afectan al Estado, interviene la mayoría de los ciudadanos.

 

Gobierno:

Es el órgano o conjunto de órganos, compuesto por las autoridades, que se ocupan de ejercer el poder dentro de un Estado por medio de las leyes, de su aplicación y cumplimiento.. Organiza el Estado y todo lo que ocurre dentro de  el; es la estructura que permite ejercer  el poder político.

Una de las más antiguas clasificaciones de los gobiernos es la de los griegos formulada por  Aristóteles hace 2300 años, y no obstante los siglos transcurridos, dicha clasificación, aún conserva el vigor que le otorgan los hechos. Ambas categorías se distinguen, atendiendo el número de personas que ejercen el poder, y también, por el interés de quienes ejercen el mandato. Las formas puras de gobierno son: monarquía, aristocracia y democracia

Las tres tienen en común, la condición de que los poseedores del poder, gobiernan para el interés general y para el bien de todos. 

Si el poder político residía en una sola persona, que gobernaba atendiendo el interés general, era una monarquía.  Cuando un grupo pequeño; es decir, una minoría rige el Estado, atendiendo también el interés general, era una aristocracia. Si el poder correspondía, directamente o por delegación, al conjunto de ciudadanos, el gobierno era democrático. Cualquiera de estas tres formas se consideraba aceptable, siempre que se respetara el “imperio de la Ley por sobre los Hombres” y atendieran al interés colectivo.  En el caso contrario, las tres formas se transformaban en gobiernos despóticos. Dando lugar a las formas impuras: 

La Tiranía, es la forma impura parecida a la Monarquía, en cuanto que el poder lo ejerce una sola persona, pero el tirano no atiende al interés general, sino a su interés personal. 

La Oligarquía, es el gobierno de un grupo pequeño, como la Aristocracia; sólo que atiende el interés del grupo y no al interés general. 

La Oclocracia, parece democracia; pero es el gobierno de la multitud, de la mayoría, sí; pero sin orden, sin justicia, sin ley, etc... 

Estado de derecho

Se refiere al principio de gobernanza por el que todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente y se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, además de ser compatibles con las normas y los principios internacionales de derechos humanos. Las instituciones políticas regidas por dicho principio garantizan en su ejercicio la primacía e igualdad ante la ley, así como la separación de poderes, la participación social en la adopción de decisiones, la legalidad, no arbitrariedad y la transparencia procesal y legal.

El Estado de derecho es una forma de organización del Estado que se caracteriza por la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, incluidos aquellos que detentan el poder. Así pues, eliminando el carácter despótico del Estado.

El concepto de “Estado de derecho” surge en el siglo XIX, en Alemania. Y tiene como fundamento oponerse a la idea de que el Estado está por encima de todo, incluso de las leyes. Así, surge para dar cierta protección, dentro de un marco jurídico, a los habitantes de un Estado.

Características de un Estado de Derecho

Todo Estado de derecho se debe basar en el principio de legitimidad de los derechos de los ciudadanos, es decir, promover el valor de la igualdad y dignidad de todas las personas a través de acciones y políticas de Estado.

Las características de un Estado de Derecho son las siguientes:

  • Ley como valor supremo.

  • Igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

  • Separación de poderes.

  • Participación en la adopción de decisiones.

  • Transparencia en los procedimientos legales.

Elementos de un Estado de Derecho

Los elementos de los que se compone son los siguientes:

  • Constitución escrita.

  • Separación de poderes.

  • Principio de legalidad.

  • Principio de garantía de los derechos fundamentales.

  • Seguridad jurídica y protección de la confianza.

El Estado de derecho nace como contrapartida del Estado autoritario y absolutista, en el cual sí existen los abusos de poder y existen diversos ejemplos que lo evidencian a lo largo de la historia política de muchos gobiernos. Tampoco existe Estado de derecho cuando el Poder Legislativo actúa desde una posición partidista o, cuando desde el Poder Ejecutivo también se desea actuar desde una perspectiva personal, violando la legislación y generando disconformidad en la ciudadanía.

Ahora bien, gracias a que existe el Estado de derecho, se pudo configurar la organización política y dividir en poderes: el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo.

El Estado de derecho también es el reflejo de lo que desean los ciudadanos, ya que el pueblo tiene el derecho y el poder de elegir, a través del voto, quienes serán sus representantes dentro del gobierno.

En democracia, el Poder Ejecutivo es ejercido por una persona, elegida por los ciudadanos, el cual debe cumplir con las responsabilidades asignadas y tomar decisiones hasta dónde el límite de la ley se lo permita, en conjunto con los otros dos poderes reguladores, como el Legislativo y el Judicial.

Ejemplos de cómo se aplica el Estado de derecho

Existen diversos ejemplos de cómo se debe aplicar el Estado de derecho a fin de que las personas convivan y desarrollen un orden social pleno y distante de los abusos y malas costumbres.

Por ejemplo, la ley se debe aplicar por igual a todos los ciudadanos de un país sin importar su clase social. Todos deben ser juzgados de la misma manera bajo los reglamentos que la ley estipule.

Para garantizar la calidad de vida de los ciudadanos, es importante, por ejemplo, que a través del Estado de derecho se planteen y desarrollen planes de recolección de residuos por parte tanto de los ciudadanos como de las fábricas, en los cuales se garantice el cuidado del medio ambiente y los recursos naturales.

Otro ejemplo, es el respeto a los derechos individuales, en los cuales queda determinantemente prohibido lastimar o torturar a una persona por parte de los cuerpos de seguridad, más allá de su culpabilidad.

Esta es una manera de garantizar el Estado de derecho de todos los ciudadanos. Según sea el caso, será juzgada la persona cumpliendo lo establecido en la ley.

La democracia y los derechos humanos son interdependientes y, por consiguiente, la defensa de los derechos humanos es también la defensa de la democracia.

Los derechos humanos no son concedidos ni otorgados por la sociedad o el Estado, tampoco creados por leyes, decisiones o acuerdos. Basta su afirmación y ejercicio para hacerlos valer ante Estados y sociedades, debiendo ser reconocidos y cumplidos en toda circunstancia. La democracia es condición indispensable del efectivo goce de todos los derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales y culturales), en tanto todos son en esencia libertades y al mismo tiempo garantías de que todos los poderes del Estado y ninguna clase de poder podrá ser empleado para cometer abusos en contra de la vida y la dignidad humana. A su vez, la democracia está inscrita en cada derecho humano, puesto que su ejercicio y exigibilidad depende de la participación plena de todas las personas en los aspectos que puedan favorecerlos o afectarlos. En los sistemas no democráticos están dadas las condiciones para que peligre la vigencia de los derechos humanos y se cometan sus más graves y atroces violaciones.

La defensa de los derechos humanos y de la democracia es un derecho y deber de todas las personas. La manifestación pacífica es un medio de participación legítimo cuando se pierde la democracia.

El respeto y la protección de la democracia y los derechos humanos incumben tanto a cada persona como al conjunto de la sociedad. Los Estados son los máximos garantes de la democracia pero cuando ésta se pierde corresponde a los ciudadanos su defensa y restablecimiento en el plano local, nacional e internacional, así como es deber de la comunidad internacional utilizar todos los medios pacíficos posibles para apoyar a los ciudadanos a medida que aumenten los riesgos para ellos. En estas circunstancias, la manifestación pacífica no solamente es una libertad legítima que puede ejercer toda persona para expresar descontento o exigir justicia frente a violaciones de otros derechos. Representa el medio pacífico y democrático de participación ciudadana, quizá el que queda, cuando no existe democracia.

Democracia, Constitución y Estado de Derecho

La Constitución es un ingrediente fundamental del Estado de Derecho. Una democracia pura podría vivir sin una Constitución. La voluntad de la mayoría podría ser "la última palabra" a tener en cuenta en la elaboración de las leyes. Pero no ocurre así en una sociedad democrática que, además, sea un "Estado de Derecho". Por muchos partidarios que tenga entre la población de un país la adopción de cierta norma, ésta no puede convertirse en ley si no está de acuerdo con la Constitución. En un Estado de Derecho "la última palabra" en materia de leyes la tiene siempre la Constitución.

La Constitución Nacional

Es la norma jurídica más importante del país que establece derechos y obligaciones, orientados al establecimiento de una sociedad justa. Es un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social. Se llama así porque integra, establece, organiza, constituye las normas que rigen a la sociedad de un país. La Constitución es la ley fundamental del Estado porque ninguna ley o acto del gobierno pueden contradecirla en sus disposiciones. Establece los derechos y garantías fundamentales de los habitantes de la Nación y la forma de organizar los poderes del Estado. El respeto a la Constitución y a las leyes permite la existencia de una sociedad democrática donde imperen la libertad, la justicia y la solidaridad. ¿Por qué la Constitución Nacional es la Ley Suprema?

La Constitución Nacional es la Ley Suprema de nuestro país porque ninguna ley puede aplicarse si es contraria a lo que ella establece. Por este motivo, si una persona considera que una ley lo perjudica y es contraria a la Constitución, puede y debe recurrir a los jueces para que declaren si esa ley que lo perjudica es constitucional o no; si está en contra lo que establece la Constitución esa ley es inconstitucional y se anula.

 ¿Para qué sirve la Constitución Nacional? La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Estado, estableciendo así las bases para su gobierno. También garantiza a los ciudadanos determinados derechos.

El preámbulo de la Constitución Nacional fue redactado en 1853 y no se modificó en ninguna de las reformas que sufrió la misma. El motivo por el cual el preámbulo no sufrió modificaciones en el tiempo es porque en las diferentes convenciones reformadores consideraron que sus principios aún se mantenían vigentes

: “…constituir la unión nacional…” Buscaba dar forma política a la nación, superando la etapa de luchas civiles que amenazaban con fragmentarla definitivamente.

 “…afianzar la justicia…” Mediante la organización del Poder Judicial a nivel nacional y provincial. “…consolidar la paz interior…” Acabar con los enfrentamientos internos no era suficiente; buscó también organizar un sistema de convivencia entre todos los habitantes.

 “…promover la defensa común…” Establece la constitución la obligación de armarse en defensa de la Patria, poniendo a las Fuerzas Armadas bajo las órdenes del gobierno nacional. El estado nacional tiene la facultad de reclutar tropas, declarar la guerra y hacer la paz.

“…promover el bienestar general…” Respetando y defendiendo los derechos de los habitantes, impulsando el desarrollo económico y cultural, etc.

“…y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra prosperidad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino…” La libertad era un valor fundamental para los constituyentes.

“…la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia…” Esta expresión de carácter religioso responde al carácter católico con el que surge el estado argentino, en uno de sus artículos. Sin embargo esta disposición fue acompañada por otra que asegura la libertad de culto y tolerancia hacia otros credos religiosos.

La primera parte de la Constitución está integrada por dos capítulos: Declaraciones, derechos y garantías, y a partir de la reforma de 1994 Nuevos derechos y garantías. Declaraciones, derechos y garantías

Las declaraciones enuncian los principios fundamentales de la organización política del Estado. Por ejemplo, el artículo 1 establece la forma de gobierno representativa, republicana y federal. Además, las declaraciones hacen visibles los rasgos propios del Estado, diferenciándolo de otros. Por ejemplo el artículo 35 menciona los distintos nombres que recibió en la historia el Estado argentino.

Llamamos derechos a las facultades que tenemos las personas y que –al ser reconocidas por la Constitución- podemos reclamar su cumplimiento. La Constitución reconoce derechos explícitos (enunciados por escrito, Art. 14 al 20) e implícitos (no enumerados pero que se desprenden de la doctrina constitucional, artículo 33).  La reforma de 1994 introdujo nuevos derechos (Art. 37, 39, 41 y 42) .

Nuestros derechos en la Constitución Nacional El conjunto de derechos reconocidos en la Constitución puede ser dividido según se trate de derechos civiles, patrimoniales, políticos o sociales.

Los derechos civiles son aquellos que se reconocen inherentes a todas las personas y que son fundamentales para el desarrollo humano. La vida, la integridad física, el honor, el nombre, la identidad, casarse o formar una familia, son algunos ejemplos de esta clase de derechos. Llamamos derechos patrimoniales a aquellos que comprenden a los hombres en relación con sus bienes materiales, es decir con todo objeto capaz de recibir un valor económico. Por ejemplo, el derecho a la propiedad, a la libertad de contratar, de comerciar, de ejercer industria lícitamente, entre otros.

Por derechos políticos entendemos a aquellos que corresponden solamente a los ciudadanos y que permiten a los hombres intervenir en el proceso de poder, participando por sí mismos o a través de representantes, en las decisiones políticas. Son ciudadanos argentinos todo hombre o mujer argentino mayor de 18 años; que la nacionalidad argentina se adquiere por nacimiento en territorio nacional, por opción (hijos de argentinos nacidos en el exterior) o por naturalización (extranjeros con dos años de residencia en el país y optan por esta ciudadanía). Así son ejemplos de derechos políticos, votar en las elecciones o ser elegido para un cargo de gobierno, afiliarse o constituir un partido político, entre otros.

 Los derechos sociales refieren a la actividad laboral, a la familia y a la seguridad social. Estos derechos pueden ser individuales o colectivos cuando son ejercidos por familias, asociaciones de trabajadores, etc. Se encuentran presentes en el artículo 14 bis de la Constitución, introducido en la reforma de 1949 y reafirmado en la de 1957, por ejemplo el derecho del trabajador a recibir una jubilación justa, el derecho a huelga, etc.

Las garantías son los medios que el Estado instrumenta para asegurar el ejercicio de los derechos fundamentales. Son tan importantes para los derechos que puede afirmarse que un derecho vale en la medida que valgan sus garantías. La mayor parte de ella se encuentra en los artículos 18 y 43 de la constitución.

Son los mecanismos que establece la Constitución para garantizar el cumplimiento de los derechos de los habitantes de la Nación. Por ejemplo lo hace al imponer la igualdad ante la ley: ningún habitante puede ser penado sin juicio previo y ley anterior, juzgado por comisiones especiales, obligado a declarar contra sí mismo. Por otro lado la Constitución dispone que: la defensa de la persona en juicio es inviolable; el domicilio, la correspondencia y los papeles privados son inviolables; abole la pena de muerte por causas políticas; abole todo tipo de tormento físico o psíquico. En la reforma de 1994 se introdujeron dos nuevas garantías: el Hábeas Corpus, que protege la libertad física y el Hábeas Data, que da a las personas el derecho de informarse de los datos que de ella existan en registros públicos o privados y que estos datos sean suprimidos o rectificados en caso de ser falsos.

Segunda Parte

Esta se refiere a las Autoridades de la Nación, la misma se divide en dos títulos; el primero se refiere al Gobierno Federal y a la División de Poderes (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial) y el segundo a los Gobiernos de Provincia)

En el trabajo práctico que sigue nos enfocaremos en la segunda parte de la constitución, específicamente en la división de poderes tanto a nivel nacional, provincial y municipal por eso no lo trabajaremos ahora.

Necesitarás una Constitución Nacional, es un libro que lo puedes descargar en el celular o usar una que tengas en tu casa , no es necesario que lo compres. 

No esperes al último día para enviar tu trabajo, recuerda que de la presentación y aprobación de los trabajos prácticos depende tu calificación en el cuatrimestre. Cuando concurras a clase presencial lleva tu trabajo copiado en la carpeta y realiza las consultas necesarias en durante ese periodo. 


  • DESPEDIDA

Con esfuerzo y dedicación, este trabajo les resultará útil y productivo para su formación. Esperamos que haya sido así.  

Recuerden realizar las consultas y enviar los TP en tiempo y forma.

Consultas: 

Correo: (colocar el correo departamental o del colegio)

Blog: colegiocautivascorrentinas2021.blogspot.com 

WhatsApp (en el caso de los profesores que tendrán grupos aclarar cursos y divisiones, horario de consultas, etc.)

Antes de sacar las fotos de las hojas de los trabajos: colocar número en cada carilla de la hoja, nombre y apellido, curso y división, materia, número de TP (Trabajo Práctico).

También pueden enviar archivo PDF. Colocar todos los datos necesarios (colocar número en cada carilla de la hoja, nombre y apellido, curso y división, materia, número de TP).

Nombre del archivo PDF: MATERIA CURSO, APELLIDO DEL ALUMNO.


Comentarios

Entradas populares de este blog

FORMACION ETICA Y CIUDADANA - SEGUNDO AÑO - TRABAJO PRACTICO N°5 -2021

GEOGRAFIA - TERCER AÑO ·TRABAJO PRACTICO Nº6"

FORMACION ETICA Y CIUDADANA - SEGUNDO AÑO "TRABAJO PRACTICO N°7 -2021